13May

La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, conocida como “Ley de Bienestar Animal”, se aprobó el 16 de marzo de 2023 y entró en vigor el 29 de septiembre de ese mismo año.

Esta ley tomaba como referencia los más de 29 millones de mascotas que se estima que hay en España para garantizar su bienestar y tratar de prevenir los altos niveles de abandono de animales en nuestro país.

En su texto original podemos leer:

“Se entiende por derechos de los animales su derecho al buen trato, respeto y protección, inherentes y derivados de su naturaleza de seres sintientes, y con las obligaciones que el ordenamiento jurídico impone a las personas, en particular a aquéllas que mantienen contacto o relación con ellos.”

Vamos a resumir las principales medidas que introdujo la Ley de Bienestar Animal.

Medidas contra el maltrato animal

Además del cuidado de los animales de compañía y la prevención de su abandono, la Ley de Bienestar Animal (LBA) se centra en prohibir prácticas de maltrato:

  • Venta de animales en tiendas: la venta de perros, gatos y hurones está prohibida en las tiendas, pudiéndose comprar únicamente mediante criadores registrados en su propio núcleo de cría o con la adopción en entidades registradas. Los demás animales que solemos ver, como conejos, cobayas, peces, tortugas, roedores o incluso reptiles, se puden seguir vendiendo con un contrato de compraventa.
  • Freno del tráfico ilegal de especies: esta ley prohíbe también la venta de animales por Internet para evitar el tráfico ilegal, además de promover su bienestar y la seguridad de las personas.
  • Sanciones penales al maltrato: el maltrato animal se castiga con más de un año de cárcel y hasta 36 meses en caso de que el maltrato implique la muerte del animal.
  • Prohibición de prácticas violentas: la LBA no permite el “uso de cualquier herramienta de manejo que pueda causar lesiones al animal, en particular collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo”. Tampoco se permite el abandono sin supervisión de un animal durante más de 3 días seguidos (24 horas de máximo en el caso de los perros). Asimismo, se establece que no pueden dejarse animales en terrazas o patios de manera permanente ni en vehículos cerrados o atados en puertas de los comercios sin supervisión.
  • Fomento de los centros de recuperación: la normativa pretende que con el tiempo los zoológicos o delfinarios se vayan convirtiendo en centros de recuperación de especies autóctonas, evitando así un uso lucrativo de los animales y favoreciendo su recuperación y bienestar.
  • Festejos con animales: la ley también destacó por recoger la prohibición de los circos con animales, que algunos reglamentos regionales y locales ya recogían, pero que por fin se extendían a todo el territorio español.

No obstante, el uso de toros en festejos populares es una excepción, algo por lo que lucha la ILP “No es mi cultura”, que logró recoger las firmas necesarias para llevar al Congreso de los Diputados la propuesta de derogar la Ley 18/2013, de 12 de noviembre, para la regulación de la tauromaquia como patrimonio cultural.

La LBA solo afecta a animales de compañía

A pesar de los avances de la LBA en el bienestar y derechos de seres sintientes, la legislación no afecta a todos los animales, sino únicamente a los que se consideran animales de compañía, es decir, a las mascotas que viven en un hogar o a los animales silvestres que están en cautividad.

Los perros, gatos y hurones ya son considerados animales de compañía por esta ley, pero aún queda por publicarse un listado de animales permitidos y silvestres, que tiene que estar listo a partir de 24 meses desde la entrada en vigor de la ley, que sería en septiembre de 2025.

A la espera de esta publicación, algunos de los animales que se considerarían animales de compañía son:

  • Perros, gatos y hurones.
  • Animales de producción inscritos como animales de compañía.
  • Aves de cetrería (aves rapaces entrenadas).
  • Animales en acuarios.

De esta categoría se excluirían los animales del “Catálogo de Especies Exóticas Invasoras” o del “Catálogo de Especies Silvestres Protegidas”, como animales venenosos que pueden poner en peligro la salud humana, la seguridad o la biodiversidad, como:

  • Peces, anfibios o artrópodos venenosos.
  • Reptiles venenosos o con más de 2 kg de peso en la etapa adulta (excepto quelonios).
  • Primates.
  • Mamíferos silvestres de más de 5 kg en etapa adulta.

Otros requisitos de la ley

Con esta ley también se introdujeron otros requisitos, como la necesidad de tener un curso de formación para titulares o propietarios de animales y la obligación de contar con un Seguro de Responsabilidad Civil que cubra posibles daños o lesiones que las mascotas puedan hacer a otras personas, así como la identificación con microchip.

En cuanto al transporte, la normativa establece que las compañías aéreas, de tren o navieras establezcan medidas que permitan el viaje con animales de compañía respetando la seguridad de las personas.

En la LBA también se fomenta la retirada y limpieza de orina y excrementos en fachadas, puertas o zonas de paso de personas.

Por último, la Ley de Bienestar Animal reserva un apartado también para la reproducción de mascotas. Así, se establece la necesidad de tomar medidas para evitar la reproducción incontrolada de animales de compañía, que solo debe realizarse por personas inscritas en el Registro de Criadores de Animales de compañía. Además, insta a los propietarios a esterilizar a sus mascotas (especialmente a gatos antes de los 6 meses) y a los ayuntamientos a identificarlos y esterilizarlos para controlar y reducir la población de las colonias de gatos.

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